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CierroTraspaso

Contrato de arras para un traspaso de negocio

Reserva el traspaso con una señal antes de firmar el definitivo, con el plazo, las condiciones de las que depende la operación y qué pasa si alguien se echa atrás. Borrador gratis; la versión completa en PDF y Word estará disponible en breve.

1. Partes

Quién reserva y quién cobra la señal

Quien traspasa
Quien adquiere

Paso 1 de 4

Qué lleva el documento

10 cláusulas: objeto, precio y cantidad entregada, naturaleza de las arras según el tipo que elijas, plazo para otorgar el contrato definitivo, condiciones suspensivas, obligaciones del vendedor hasta la firma, documentación, gastos, protección de datos y jurisdicción. Se acompaña de un anexo con la documentación que hay que pedir y, si el contrato de alquiler lo exige, de la carta de solicitud de consentimiento al arrendador.

Pendiente de revisión por abogado

El modelo está redactado sobre el Código Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero todavía no lo ha validado un profesional colegiado. Si la operación es importante, que lo revise alguien antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre arras penitenciales, confirmatorias y penales?

Las penitenciales, del artículo 1454 del Código Civil, permiten desistir: quien compra pierde la señal y quien vende la devuelve duplicada. Las confirmatorias son una entrega a cuenta del precio y no dejan echarse atrás: la parte cumplidora puede exigir que se firme. Las penales funcionan como penalización, pero tampoco permiten desistir libremente.

¿Cuánto se suele dar de señal en un traspaso?

Lo habitual es entre el 5 % y el 10 % del precio del traspaso. Cuanto mayor sea la señal, más fuerte es el compromiso, pero también es más lo que se arriesga si la operación se cae.

¿Puedo recuperar la señal si el propietario no autoriza el traspaso?

Sí, si lo dejas por escrito. Por eso el contrato incluye condiciones suspensivas: consentimiento del arrendador, cambio de titularidad de la licencia, certificación de deudas de Hacienda y financiación. Si alguna no se cumple por causa que no te sea imputable, el contrato queda sin efecto y la señal se devuelve íntegra.

¿Qué plazo conviene dar para firmar el contrato definitivo?

Entre 30 y 60 días es lo razonable. La certificación de deudas del artículo 175.2 de la Ley General Tributaria puede tardar semanas, y el ayuntamiento tiene sus propios plazos para el cambio de titularidad de la licencia. Con 15 días te arriesgas a incumplir tú.

Antes de dar la señal

Comprueba el alquiler, las deudas y la licencia. Y mira si el precio tiene sentido.

Para entender lo que estás rellenando

La herramienta te da el documento. Estas guías te dicen de qué respondes, qué plazos no admiten prórroga y qué mirar antes de firmar.

Ver todas las guías →