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CierroTraspaso

Cartas de cierre: avisa a cada uno como toca

Marca a quién tienes que avisar y te montamos una carta por destinatario, con tus datos, la fecha de cierre y una nota al pie de cómo y cuándo enviarla. Borrador gratis; pack la versión completa en PDF y Word estará disponible en breve.

1. Quién y qué

Quién firma y qué negocio cierra

Paso 1 de 3

Las seis cartas

Personas contratadas
Extinción por causas objetivas con expresión de la causa, preaviso de quince días e indemnización de veinte días por año. Es la que más cuidado requiere.
Propietario del local
Cese de actividad, entrega de llaves, visita conjunta para el acta de estado y devolución de la fianza.
Proveedores
Fecha tope de pedidos, extracto del saldo pendiente, baja de domiciliaciones y retirada del material en depósito.
Clientes
Aviso de cierre y fecha límite para canjear bonos, reservas y encargos pendientes.
Banco
Baja de domiciliaciones, TPV y tarjetas, manteniendo la cuenta abierta unos meses más.
Aseguradora
Baja de las pólizas con efectos de la fecha de cierre y devolución de la prima no consumida.

Pendiente de revisión por abogado

La carta de extinción de contratos es la más delicada del pack y todavía no la ha validado un profesional colegiado. Si tienes personal, que la revise un graduado social antes de entregarla: un defecto de forma convierte el despido en improcedente.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se comunica el despido por cierre del negocio?

Por escrito y en mano, con acuse de recibo. La carta debe expresar la causa (el cese de la actividad, artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores), la fecha de efectos y el preaviso de quince días, y hay que poner a disposición de la persona la indemnización de veinte días de salario por año trabajado con el tope de doce mensualidades, simultáneamente a la entrega.

¿Con cuánta antelación aviso al propietario del local?

La que diga tu contrato. En arrendamientos para uso distinto de vivienda no hay un plazo legal general: manda lo pactado, y muchos contratos prevén además una penalización si te vas antes de tiempo. Envíalo por burofax con acuse de recibo y no entregues las llaves sin documento firmado.

¿Tengo que avisar a los clientes de que cierro?

No hay una obligación general de comunicarlo, pero sí de atender los compromisos vivos: pedidos, reservas, bonos y tarjetas regalo son deudas. Avisar con antelación te permite resolverlos antes de cerrar en lugar de tener que atenderlos cuando ya no tienes negocio.

¿Cierro también la cuenta del banco?

Todavía no. Cancela las domiciliaciones y el TPV, pero deja la cuenta abierta unos meses: la necesitas para las últimas liquidaciones, el ajuste de la cuota de autónomos y las devoluciones de Hacienda.

¿Y los trámites de la baja?

Las cartas son solo una parte. La checklist te da todos los trámites con sus plazos.

Para entender lo que estás rellenando

La herramienta te da el documento. Estas guías te dicen de qué respondes, qué plazos no admiten prórroga y qué mirar antes de firmar.

Ver todas las guías →